1. ¿En qué casos es recomendable la separación o el divorcio on line? La separación o divorcio on line únicamente puede llevarse a cabo en los supuestos en que la pareja está totalmente de acuerdo en los términos del mismo: es decir, qué pasa con la vivienda familiar/conyugal (propiedad-uso), con los hijos, además de todos los bienes que puedan tener en común (en función de si el régimen económico matrimonial es el de separación de bienes o gananciales). En el supuesto de no existir acuerdo, es conveniente que las partes acudan físicamente a un despacho que les asesore. La ventaja de la separación o divorcio on line es sin duda el bajo coste de la misma, además de la rapidez con la que puede obtenerse, y todo ello sin perder ninguna garantía de eficacia.
2. ¿Es cierto que en una separación o divorcio de mutuo acuerdo puede actuar un único abogado para los dos? Si, es cierto: también para los supuesto de separación de pareja de hecho. En caso de no existir acuerdo, cada parte o cónyuge debe estar representado por un abogado que defienda sus intereses, y un procurador.
3. ¿Cuál es la diferencia entre separación y divorcio? La legislación vigente permite acceder al divorcio directamente sin necesidad de pasar por una separación previa. El divorcio supone la disolución del vínculo matrimonial y, por tanto, un cambio en el estado civil de las personas, esto no ocurre en la separación; no existe estado civil de “separado”, en cambio sí existe el estado civil de “divorciado”. Las personas que hayan obtenido la separación judicial no se pueden volver a casar, para ello es necesario el divorcio.
4. Si se puede obtener el divorcio directamente, ¿porqué hay personas que deciden separarse? La separación legal hoy día unicamente tiene sentido para aquellos que no están completamente seguros del paso que van a realizar, contemplando la posibilidad de reconciliación, sería como “un paso previo al divorcio”, como antiguamente. También optan por la separación conyugal las personas con fuertes convicciones religiosas, donde el divorcio no está aceptado como “disolución del vínculo” (recordemos que con la separación legal, el vínculo no se rompe). 5. ¿Qué diferencia hay entre separación o divorcio de mutuo acuerdo y contencioso? La ley prevé dos procedimientos para solicitar la separación o el divorcio: contencioso o de mutuo acuerdo. Ambos son procedimientos judiciales, la diferencia radica en que en el primero, los efectos de la separación o el divorcio son establecidos por el Juez, como resultado de un largo y costoso (económica y emocionalmente) proceso, en el que las dos partes exponen sus motivos y pretensiones y, el segundo, SON LAS PROPIAS PARTES las que eligen los efectos de su separación o divorcio. Las ventajas de este último son obvias, nos ahorramos tiempo, desgaste emocional y económico, se trata de poner voluntad de llegar a un acuerdo.
6. ¿Qué es el convenio regulador? Cuando los cónyuges llegan aun acuerdo en relación a los términos de su separación o divorcio, el abogado redacta el convenio en dichos términos y se firma por los cónyuges o partes. El convenio se presenta junto con la demanda de separación o divorcio ante el juzgado competente, a fin de obtener la sentencia de separación o divorcio correspondiente. Para ello necesitarán la asistencia de abogado y procurador. El convenio deberá ser ratificado ante el Juzgado por los cónyugges, acudiendo al juzgado a firmar conforme están de acuerdo con la demanda presentada. Si el juez considera adecuado el contenido del Convenio Regulador, procederá a dictar sentencia y se dará por terminado el proceso. El ministerio fiscal únicamente interviene en los supuestos que existe descendencia. 7. ¿Si me voy de casa por la tensión que existe con mi pareja antes de obtener la separación o el divorcio, me pueden denunciar por “abandono de hogar”? El delito de abandono del hogar ya no existe en el actual ordenamiento jurídico. Uno puede dejar la vivienda familiar para evitar conflictos, siempre y cuando dicha salida no implique abandonar los deberes inherentes al matrimonio o a la familia; es decir, hay que seguir aportando tanto a nivel emocional como económico todos los recursos que se venían aportando mientras duró la convivencia. 8. ¿Quién se queda con la vivienda conyugal o familiar?
9. ¿Qué es la custodia compartida? La custodia compartida consiste en la alternancia de guarda de los hijos menores entre los padres, de forma que aquellos pasan el mismo tiempo con cada uno de ellos. Existen diversas fórmulas para llevar a cabo tal forma de custodia, pero el más común es el de semanas alternas. Tradicionalmente, la guarda y custodia se otorgaba a la madre, pero, poco a poco los padres se han ido involucrando más en la crianza de los hijos, y las madres ostentan cargos laborales más complejos, por lo que es lógico que en la separación o divorcio se reflejen estos nuevos modelos sociales. No obstante, siempre hay que tener en cuenta el caso concreto.
10. ¿En qué casos es recomendable pactar una guarda y custodia compartida de los hijos? Tanto a nivel legal como psicológico, existen unos factores OBJETIVOS que hacen que la guarda y custodia compartida sea favorable. Estos criterios son:
11. ¿Si no estoy casado, porqué tengo que ir al Juzgado para separarme de mi pareja? Si la pareja no tiene hijos, obviamente no es necesario, pero, si hay descendencia, es necesario puesto que se han de regular las medidas paterno-filiales más convenientes (guarda y custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos...etc). |